Fefara
 
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Editorial
La Red de Farmacias y su rol al servicio de
la salud

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· Resultados del 7º Encuentro Deportivo y Recreativo Federal FEFARA

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· Importante Proyecto de Ley Presentado en la Legislatura de la
Prov. de San Luis


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· 10º Jornadas Federales y 9º Internacionales de Política, Economía y Gestión de Medicamentos

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· A partir del 15 de junio rige la trazabilidad en Argentina y
FEFARA está lista
para aplicarla

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Editorial
La Red de Farmacias y su rol al servicio de la salud
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Hoy queremos compartir nuestra preocupación por la falta de valoración y reconocimiento por parte de algunos actores de la Salud de la importante función sanitaria que cumple la Red de Farmacias argentinas.

Además de dispensar medicamentos entre sus muchas capacidades, está la de asesorar a los pacientes, sobre todo en la correcta utilización de los fármacos, y en el cumplimiento de los tratamientos, garantizar un acceso ordenado y contribuir con las campañas de prevención y promoción de la Salud, ser actores y protagonistas de los programas de farmacovigilancia y los sistemas de trazabilidad, para asegurar en definitiva el acceso de todos a medicamentos seguros y de incuestionable legitimidad.

Estamos convencidos que las miles de farmacias, que integran una Red Sanitaria con presencia a lo largo y a lo ancho de nuestro país, lejos están de ser aprovechadas en toda su potencialidad para integrarlas al diseño, coordinación y la implementación de los planes de Salud. Al respecto FEFARA postula enfáticamente la integración ‘Público-Privada’ y la tarea conjunta de la Red de Farmacias y los distintos estamentos gubernamentales de la Salud.

A contramano de esta proyección sanitaria de nuestra Red también actúan aquellos que defienden una concepción puramente comercial del medicamento y la farmacia y que en base al exclusivo respeto de las leyes del mercado favorecen la concentración y debilitan la Red Farmacéutica propiciando con su accionar el debilitamiento y la desaparición de importantes eslabones de esta cadena.

En definitiva, en FEFARA trabajamos para priorizar los intereses sanitarios por sobre los económicos, y por un Estado que, en línea con los emprendimientos individuales de los profesionales farmacéuticos, optimice y fortalezca la Red de Farmacias en bien de la salud de todos los argentinos.

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Resultados del 7º Encuentro Deportivo y Recreativo Federal FEFARA
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Se llevó a cabo con éxito el 7º Encuentro Deportivo y Recreativo Federal organizado por la Federación Farmacéutica (FEFARA) en las Termas de Río Hondo, Santiago del Estero, del 24 al 26 de mayo pasados.

Con la participación de más de mil farmacéuticos de todo el país, acompañados de sus respectivas familias, y en un clima de cordialidad y camaradería, se llevaron a cabo las distintas actividades deportivas y recreativas.

También se aprovechó para compartir información sobre la actualidad de la profesión farmacéutica e intercambiar ideas sobre los próximos temas en agenda tendientes a garantizar la seguridad y accesibilidad de la población a los medicamentos.

Los integrantes de FEFARA queremos destacar la hospitalidad de los colegas santiagueños y de la comunidad de Termas de Río Hondo, que tuvo la deferencia de invitar a una delegación de nuestra institución a compartir la fiesta cívica en conmemoración de la Revolución de Mayo.

Informamos también, que en pleno marco de la actividad, se decidió designar como próxima sede para la realización del 8° Encuentro Deportivo y Recreativo Federal FEFARA en 2013, a la ciudad de San Rafael, Mendoza.

Para mayor información, por favor consultar la página web de FEFARA. www.fefara.org.ar

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Importante Proyecto de Ley Presentado en
la Legislatura de la Prov. de San Luis
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Recientemente, se ha presentado un importante Proyecto de Ley en la Legislatura Puntana. A través del mismo se establece que “Los Farmacéuticos podrán aplicar y organizar servicios de inyecciones endovenosas en las condiciones que se reglamente”, y complementariamente plantea, “Los farmacéuticos que opten por la aplicación de inyecciones endovenosas deberán tener la habilitación emitida por la Autoridad Sanitaria competente quedando sujetos a su fiscalización y control, la que podrá suspender la citada habilitación cuando las condiciones higiénico-sanitarias, la insuficiencia de elementos, condiciones técnicas o deficiencias de las prestaciones, así lo hicieran pertinente”.

En los fundamentos del proyecto sus autores sostienen que los Biofármacos y Medicamentos Biotecnológicos constituyen un área en permanente desarrollo y de gran proyección al futuro inmediato ya que estas estructuras biomoleculares abarcan hoy un 30 % de los nuevos medicamentos.

Al respecto, es fundamental destacar que la mayoría de estos nuevos medicamentos requiere de la vía endovenosa de administración. Ello representa un desafío para el tratamiento de las distintas patologías y también la posibilidad cierta del despuntar de una nueva era en la tarea profesional farmacéutica a favor de la Salud.

También se plantea que: las autoridades sanitarias deben seguir profundizando las acciones para concientizar a la sociedad en el sentido que los farmacéuticos son los profesionales universitarios expertos en el manejo de los medicamentos, y que, para el mejor cuidado de la salud, debe garantizarse que sean los únicos autorizados para su dispensa e igualmente que estén habilitados para su aplicación.

Además, los autores sostienen que todo establecimiento en el que se ejerce una profesión de la salud es un establecimiento sanitario y que en esta concepción entran todos los establecimientos en los que un farmacéutico ejerce su profesión y muy especialmente las Farmacias.

Más adelante, los impulsores de esta nueva legislación expresan que desde hace tiempo se trabaja coordinadamente entre las Unidades Académicas Universitarias, las entidades de Profesionales y los actores de la Salud lo que ha derivado en una adecuación de la currícula a la demanda de la Sociedad y a los avances Científicos-Técnicos del área de Ejercicio Profesional Farmacéutico como cabal Agente Sanitario. Entre los tópicos incorporados a los planes de estudio de la Carrera de Farmacia se destacan las vías de administración de los nuevos medicamentos biomoleculares, especialmente inyecciones endovenosas.

El proyecto ha sido elaborado por el Legislador José Luis Rodríguez, el profesor de la UN de San Luis Farmacéutico José Antonio Cid, integrante de FEFARA y otros distinguidos profesionales de la Universidad Nacional de San Luis.

Finalmente los autores de proyecto de Ley plantean que el objeto de esta iniciativa es hacer más eficiente la utilización de los recursos sanitarios disponibles y solicitan a sus pares la aprobación del mismo para hacer realidad los preceptos de la Organización Mundial de la Salud cuando plantea que “no existe una buena política de Salud, sin una buena política de Medicamentos”

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10º Jornadas Federales y 9º Internacionales de Política, Economía y Gestión de Medicamentos
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La Federación Farmacéutica (FEFARA) invita a los profesionales farmacéuticos y a los representantes de todas las áreas relacionadas al medicamento a inscribirse en las 10mas Jornadas Federales y 9vas Internacionales de “Política, Economía y Gestión de Medicamentos” que se realizarán los días 27 y 28 de septiembre de 2012, en el Ros Tower Hotel Spa and Convention Center (Mitre 295), de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

El objetivo principal de las Jornadas es crear un ámbito de encuentro de los principales protagonistas del mercado para analizar y debatir la realidad del sector y, también, generar propuestas que sean posibles de implementar a favor del mejor acceso de los argentinos a medicamentos seguros y eficaces.

Participarán como expositores destacados especialistas nacionales y extranjeros, políticos, funcionarios, representantes de la producción, la intermediación y la dispensa de los medicamentos y de las Instituciones de profesionales de la Salud y la Farmacia.

Entre otros temas, se destacan ‘Recursos Humanos en Salud: el desafío de la década’; ‘La política y la producción de medicamentos en Brasil. El caso de La Fundación Osvaldo Cruz’; ‘La producción pública de medicamentos en la Argentina: los primeros tramos de un largo camino’; ‘Nanotecnología, Biotecnología y Bioinformática: herramientas aplicadas al diseño de los medicamentos del futuro’; ‘Pacto Argentino por la Inclusión en la Salud (PAIS): Una propuesta para (re) organizar la cobertura y transformar la forma de construir salud en Argentina’; ‘Mercado de Medicamentos: Los intereses farmacéuticos y la convivencia con la concentración’; ‘Trazabilidad de los medicamentos’; y ‘La cartera de servicios de las farmacias. La experiencia del Observatorio de Farmacias’.

Participarán expositores de Argentina, América Latina y Europa.

Muy pronto publicaremos el Programa y demás detalles organizativos de las Jornadas.

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Para mayor información, por favor consultar la página web de FEFARA. www.fefara.org.ar

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En esta primera etapa comprenderá a los llamados ‘Medicamentos Críticos’

A partir del 15 de junio rige la trazabilidad en Argentina y FEFARA está lista para aplicarla

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Conforme a las disposiciones de la ANMAT para mejorar la seguridad que se brinda al paciente, FEFARA puso a disposición del mercado un software que permitirá un seguimiento efectivo de la cadena de comercialización de fármacos.

La Federación Farmacéutica (FEFARA) anunció que las más de 4.500 farmacias adheridas a su red en todo el país cuentan con el software necesario para implementar el Nuevo Sistema de Trazabilidad de Medicamentos exigido por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

La resolución 3683/11 de la ANMAT establece que a partir del 15 de junio de 2012 debe estar implementado el Sistema de Trazabilidad para Productos Críticos, que consiste en identificar (‘trazar’) a estos medicamentos a través de toda la cadena de distribución, incluyendo Laboratorio Titular, Distribuidora, Droguería, Farmacia/Establecimiento Asistencial y Paciente. Esta metodología tenderá en el tiempo a reemplazar al actual sistema de troqueles empleado para la seguridad social.

El sistema se está poniendo en práctica de manera gradual, comenzando por los medicamentos “críticos” (para cáncer, VIH/sida, hemofilia, artritis reumatoidea, fibrosis quística, hepatitis crónica, esclerosis múltiple, trastornos autoinmunes y otros).

Para el cumplimiento de esta norma, las droguerías, farmacias y demás intervinientes de la cadena de comercialización deben contar con el hardware y software apropiado, que cumplan con los parámetros técnicos específicos y de seguridad informática que determine la ANMAT, a fin de prevenir accesos indebidos, sustracción y/o modificaciones no autorizadas de la información.

En términos de cobertura del nuevo sistema, como la Salud en la Argentina es Federal, en la propia normativa (art. 13) se invita a los gobiernos provinciales a incorporarse voluntariamente para la aplicación a la comercialización, distribución y dispensación de medicamentos que se efectúen en sus territorios. A la fecha confirmación su adhesión las provincias de Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Jujuy, Mendoza, Misiones, Neuquén, San Juan, San Luis y Tucumán

. “El software de FEFARA permite trazar desde el sistema de farmacias con los programas de la ANMAT, tanto para la seguridad social como para el cumplimiento integral de las normativas, y a disposición de las obras sociales y prepagas y de las farmacias dispensadores”, según informó el presidente de FEFARA, Farm. Manuel Agotegaray.

“Desde hace más de 6 años visualizando esta necesidad, FEFARA comenzó a aplicar el Sistema de Trazabilidad en los contratos con las obras sociales, mutuales y prepagas y hoy este sistema, acoplado a los programas de la ANMAT da respuesta a las disposiciones que están entrando en vigencia”, comentó el farmacéutico. En tal sentido, destacó que “contamos con un software propio ya instalado en todas las farmacias adheridas a nuestra institución, para brindar mayor seguridad al paciente, dado que se podrá determinar si un medicamento siguió la cadena de comercialización que correspondía”.

Para los farmacéuticos que aún tengan dudas sobre su implementación, FEFARA ofrece en línea un Manual de Trazabilidad que permite acceder a un completo entrenamiento, y brinda asesoramiento a través del e-mail fefara@fefara.org.ar .

El Sistema de Trazabilidad

El Sistema de Trazabilidad, establecido por el Ministerio de Salud de la Nación mediante Resolución Nº 435/2011, tiene por objetivo mejorar el control de los medicamentos y contribuir a erradicar la circulación de productos ilegítimos. Consiste en la identificación individual y unívoca en el empaque de cada unidad comercializada, a fin de realizar un seguimiento desde la producción o importación del producto hasta su adquisición por parte del usuario o paciente. Deberán implementarlo todas las personas y empresas intervinientes en la cadena de comercialización, distribución y dispensa de medicamentos (laboratorios, distribuidoras, operadores logísticos, droguerías, farmacias, establecimientos asistenciales y pacientes).

La información de los productos se incorporará a una base de datos, permitiendo reemplazar paulatinamente al sistema actual de troqueles. Asimismo, todos los miembros de la cadena de distribución y comercialización, así como los usuarios y pacientes, podrán consultar si los medicamentos que adquirieron fueron distribuidos en forma legal, por mecanismos que se establecerán en cada caso.

El empaque de cada unidad de venta al público contendrá un soporte o dispositivo con un código unívoco fiscalizado y auditado por la ANMAT, según las recomendaciones del estándar GS1, que contiene el código comercial del producto (Global Trade Item Number - GTIN) y su número de serie. Cuando un medicamento tenga una marca en el empaque que permita advertir que este último ha sido violado, o que sin haber mediado esta última circunstancia, impida su lectura por medio electrónico, será automáticamente considerado como adulterado.

Por su parte la droguería deberá identificar los empaques (unidades de venta al público) con el código GLN (Global Location Number de cada droguería) y el número de empaque. Además, para ingresar las especialidades medicinales al sistema de trazabilidad deberán informar los datos que documenten la compra de los mismos al laboratorio titular de registro o a la distribuidora que actúa por su cuenta y orden. Estos datos son a) Código de laboratorio o distribuidora, b) fecha de la venta, c) número de remito y factura, d) GTIN seriado, e) cantidad de unidades vendidas, f) número de lote y g) fecha de vencimiento.

La normativa de la ANMAT obliga a que todos los integrantes de la cadena de comercialización dispongan del software y hardware necesario para capturar el código unívoco (GTIN) y asociar al mismo los datos de 1) Número de lote, 2) fecha de vencimiento, y 3) Código del destinatario (CUIT, GLN, etc.).

En el caso de provisión a pacientes, la farmacia o establecimiento asistencial proveedor deberá consignar que la entrega fue efectuada a un paciente, omitiendo sus datos personales, que sólo deberán estar disponibles a los efectos de ser necesario contactarlo para prevenir cualquier riesgo a su salud y/o vida, o realizar el recupero del mercado de unidades que le fueran entregadas. También se incluirá el domicilio del destinatario y la fecha de entrega, además de la factura y el remito asociados a la operación de distribución en cuestión.

De todas formas, se estima que en una primera etapa convivirán medicamentos sin el respectivo código GTIN, que no estarán sujetos al trazado completo hasta tanto se agote el stock de esos productos.

Para mayor información, por favor consultar la página web de FEFARA. www.fefara.org.ar



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Hipólito Yrigoyen 900 - 3er P. Of. B (1086) - CABA