LLAMADO A CERTIFICACIÓN Y RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL 2025

Desde FEFARA informamos a todos los colegas que se encuentra abierto el llamado para la presentación de solicitudes de Certificación y/o Recertificación Profesional correspondiente al período septiembre 2025.
👉 La fecha límite para la presentación es el 30 de septiembre de 2025.
Si estás en condiciones de certificar o recertificar tu trayectoria, este es el momento de dar ese paso profesional.
📌 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Para iniciar el trámite, te recordamos tener lista y completa la siguiente documentación:
- 🖊️ Formulario de solicitud de adhesión a la Certificación y/o Recertificación de FEFARA, completo y firmado. (Descargar aquí)
- 📚 Certificados que acrediten tus antecedentes profesionales: actividades formativas, académicas, laborales y científicas.
- 📝 Formulario de suscripción de antecedentes, completo, firmado y con sello o aclaración de firma. (Descargar modelo)
📌 Antes de enviar la documentación a tu Colegio, verificá que esté completa y correctamente presentada.
📄 DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
La autoridad correspondiente emitirá además:
- ✔️ Constancia de Matriculación
- ✔️ Certificado Ético Profesional
- ✔️ Constancia del Ejercicio Profesional
¿CÓMO ACCEDER A LOS FORMULARIOS?
Los formularios y el Reglamento de Certificación están disponibles en la página web de FEFARA ó en los Colegios Farmacéuticos de todo el país.
También podés solicitarlos escribiendo a: caf@fefara.org.ar
Recordatorio:
ANEXO VII: DE LA CERTIFICACIÓN
Según Artículo 8º. Requisitos para solicitar Certificación Profesional:
- a) Estar matriculado en la Jurisdicción a la que pertenece.
- b) Tener 5 (cinco) años de graduado como mínimo.
- c) Observar conductas que no afecten la ética en el campo profesional
Según Artículo 10º: Junto con la solicitud el profesional farmacéutico deberá presentar ante el Colegio de Farmacéuticos que corresponda la siguiente documentación:
- a) Fotocopia del título Profesional.
- b) Constancia de matriculación.
- c) Constancia de falta de sanciones éticas.
- d) Carreras de postgrado reconocidas por el Ministerio de Salud de la Nación: Se incluirán todas las carreras de postgrado aprobadas, indicando fechas de inicio y finalización, nombre del establecimiento/institución/universidad y título obtenido.
- e) Actividad profesional: Corresponde especificar cada una de las actividades profesionales certificables, con la documentación que la avale en cada una de las áreas de ejercicio, de acuerdo al período desarrollado, identificando cargo o función, institución y/o establecimiento, con dirección, teléfono y período de desempeño.
- f) Capacitación adquirida.
- g) Intervención en actividades relacionadas con farmacia y otras ciencias de la salud. Otros antecedentes.
ANEXO VII: DE LA RECERTIFICACIÓN
Según el Artículo 4°: Junto con la presentación de su solicitud, el profesional debe acompañar igual documentación que la que se exige para pedir la certificación y cumplir con los mismos requisitos que se exigen para ésta, especificados en el artículo 10 del Anexo II.
Según el Artículo 5°: Todo farmacéutico certificado que aspire a obtener su recertificación profesional, debe alcanzar la cantidad de 50 (cincuenta) créditos obtenidos durante los 5 (cinco) años anteriores, con un mínimo de 5 (cinco) créditos anuales. El cumplimiento de las recertificaciones en forma continua, beneficiarán al profesional con un 10 (diez) % de bonificación en los créditos exigidos para la primera recertificación, un 15 (quince) % para la segunda recertificación y un 20 (veinte) % a partir de la tercera recertificación. Si el postulante no alcanzara el número mínimo de créditos requeridos para recertificar, podrá presentarse a una entrevista personal y aprobar un examen de competencia, de acuerdo con las especificaciones de este
Certificar y recertificar es revalidar tu compromiso con la profesión farmacéutica y con la salud pública.
¡Sumate al proceso y seguí fortaleciendo tu desarrollo profesional junto a FEFARA!