Comunicado FEFARA DNU
Buenos Aires, 21 de Diciembre de 2023
UN DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA QUE DETERIORA LA SALUD ARGENTINA
La Federación Farmacéutica FEFARA junto a los miles de profesionales farmacéuticos que la integran advertimos a los ciudadanos argentinos y a los señores Diputados y Senadores de la Nación Argentina sobre una pretensión del DNU 70/23 de desregular la profesión farmacéutica, banalizar al medicamento y afectar la salud de la población.
La red de farmacias Argentina es un ejemplo mundial de un sistema organizado de acceso al medicamento en todo el territorio con profesionales responsables de cada acto profesional, en cada dispensa, convirtiéndose la farmacia argentina en el centro de acceso primario más utilizado por los ciudadanos en la construcción de su salud.
La pretensión de mercantilizar el medicamento de venta libre como si el mismo fuese inocuo, la pérdida de la supervisión permanente e in situ del profesional farmacéutico, la habilitación a que un solo matriculado pueda ejercer como dueño o director farmacéutico de un sin número de oficinas de farmacias representa una pérdida en la calidad de salud de nuestro país permitiendo que cualquier persona sin título habilitante pueda estar al frente de la dispensa del medicamento.
Argentina ya vivió la falsificación de los medicamentos en un pasado no muy lejano, la exposición de fármacos contrabandeados en condiciones extremas perdiendo eficacia terapéutica, todas prácticas que se verán fomentadas por esta desregulación encubierta.
Además impulsando que cualquier figura jurídica puede ser propietario de farmacias deja en manos de las sociedades anónimas con poderes de capitales cuyo único objetivo es hacer un negocio de la salud, generando una concentración del mercado en desmedro del acceso del medicamento para la población más necesitada y alejada de las zona céntricas rompiendo con la red sanitaria de farmacias existentes en el país.
El DNU 70/23 pretende desmantelar la cadena de comercialización y dispensa del medicamento argentino permitiendo la venta de las droguerías directa al paciente.
Finalmente estamos convencidos que este decreto en lo que a nuestra profesión refiere “NO ES” NI DE NECESIDAD NI DE URGENCIA, sino la llave para convertir un bien social indispensable, impostergable e indelegable en una mercadería y la puerta para dejar la salud de la población en manos de sociedades de capitales.
Es universalmente conocido y aceptado que el medicamento, por su condición de bien social, integra el derecho a la Salud y obliga al Estado a asegurar la participación de profesional competente con el objetivo de garantizar su seguridad, eficacia y disponibilidad.
Por la naturaleza y actividades desarrolladas por las farmacias comunitarias, las mismas resultan ser las propias de un servicio público. Para la atención y goce del derecho constitucional a la salud que tienen los habitantes de nuestro país y que el Estado debe garantizar, entre los cuales necesariamente encontramos el acceso al medicamento, resulta ineludible contar con el servicio público de farmacia.
Lograr un explícito reconocimiento en tal sentido, y apoyar su diaria labor y sustentabilidad, es tarea de todos los farmacéuticos pero especialmente de quienes tienen en sus manos las decisiones que involucran el bienestar de la sociedad en su conjunto.
Por le expuesto pedimos a los legisladores de ambas cámaras que deben tratar este DNU tengan en cuenta las implicancias que el mismo tendría en la salud de todos los argentinos.
MEDICAMENTOS EN LAS FARMACIAS, FARMACEUTICOS EN LAS FARMACIAS Y SEGURIDAD EN LA CADENA DE COMERCIALIZACION Y DISPENSA.
Junta Ejecutiva
FEFARA