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Comunicación Institucional
Home›Comunicación Institucional›Información PAMI para farmacéuticos

Información PAMI para farmacéuticos

By fefaradmin
abril 10, 2017
2494
0
Estimada Entidad Farmacéutica:
Adjunto remitimos para su conocimiento, y difusión entre sus farmacias colegiadas, un archivo con informacion útil para ser utilizada en su diaria relación con los afiliados PAMI
Reciban nuestros cordiales saludos

NOVEDADES

Estimado/a farmacéutico/a:

Entendemos que su relación con nuestros afiliados es un eslabón clave en el sistema de cuidados que ofrece PAMI. Cada uno de ustedes cumple día a día la importante tarea de aconsejarlos y guiarlos para el suministro de los medicamentos indicados, una atención muy valiosa que hace que los afiliados los elijan.

Para nosotros es fundamental que los afiliados a PAMI reciban la información correctamente y por eso queremos acercarles este material con las últimas medidas adoptadas por el Instituto en materia de medicamentos especiales, atención a personas con diabetes y modelos de recetas médicas.

Ayudándonos a difundir esta información útil podremos evitar contratiempos y demoras en la entrega de medicamentos.

Desde el 15/12/2016, las Agencias y UGLs de PAMI son las únicas autorizadas para administrar las solicitudes de medicamentos especiales

¿Cómo tramitar los medicamentos especiales?
1. El Médico prescribe la medicación.
2. El afiliado presenta en su Agencia o UGL la receta original y una copia, junto con sus estudios.

3. Una vez presentada la documentación, PAMI autoriza el medicamento.

IMPORTANTE: este paso NO es automático. PAMI realiza una auditoría y luego resuelve la autorización. El afiliado debe concurrir a la Agencia/UGL para saber si el medicamento está autorizado.

4. Una vez autorizado el medicamento, el farmacéutico verá en el sistema la autorización.
A partir de ese momento, el afiliado podrá ir a la farmacia, presentar la receta y retirar el medicamento.

PACIENTES CON DIABETES

Todos los afiliados con diabetes deben visitar a su Médico de Cabecera antes del 31/05/2017 para actualizar los datos de su diagnóstico en el padrón y continuar recibiendo su medicación e insumos con el 100% de cobertura.

IMPORTANTE: La actualización del diagnóstico la realiza el Médico de Cabecera de forma rápida y sencilla con los últimos estudios realizados por el paciente (glucemia en ayunas y medición de hemoglobina glicosilada).

RECETAS

Se extendió la prórroga para utilizar la receta manual verde hasta el 31/05

A partir de junio, las únicas recetas válidas para la dispensa son:

• Receta electrónica (blanca) o, en su defecto,

• Receta manual celeste (activada a través del Circuito de Identificación de Talonarios – CIT).

Las nuevas medidas de seguridad permiten identificar los emisores de las mismas. Por lo tanto, se facilita el rastreo de abusos y de usos indebidos de las recetas y se garantiza la validez de las mismas al momento de la dispensa.

¿Donde Estamos?

Hipólito Yrigoyen 900 3º Piso
(1086) – Capital Federal

Contáctenos

Tel/Fax: 011 4342 9473
Email: fefara@fefara.org.ar

Data Fiscal

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