
El proceso de Certificación y Recertificación Profesional para el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, se rige por lo establecido en el Decreto N° 1424/97 en el que se establece que todo lo elaborado por dicho programa es de cumplimiento obligatorio por todos los establecimientos nacionales de salud, a saber: el Sistema Nacional del Seguro de Salud, el Sistema Nacional de Obras Sociales, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, los establecimientos incorporados al Registro Nacional de Hospitales Públicos de Autogestión, como así también los establecimientos dependientes de las distintas jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las entidades del sector salud que adhieran al mismo.
El Ministerio de Salud y Acción Social puede delegar las funciones de certificación y recertificación en entidades académicas, universitarias, científicas, colegios profesionales, cámaras y confederaciones del sector.
El objetivo central del Programa es alcanzar homogeneidad, coherencia y consistencia en los distintos procesos de certificación y recertificación ya existentes y por desarrollar en nuestro país, con el fin de garantizar a la población excelencia en el desempeño de los profesionales.
Definiciones de la Resolución 498 del Ministerio de Salud y Acción Social.
Especialidad: Rama de una ciencia, arte o actividad cuyo objeto es una parte limitada de las mismas, sobre la cual, quienes la cultivan, poseen saberes y habilidades muy precisos.
Matriculación: Es la inscripción en un Registro Oficial que habilita al profesional para ejercer en el marco de la norma vigente establecida por la autoridad de la aplicación, en cada jurisdicción. Es obligatoria.
Certificación: Es el resultado de un acto por el cual una entidad competente, aplicando criterios preestablecidos, asegura a través de un proceso de evaluación transparente, que un profesional debidamente matriculado posee conocimientos, hábitos, habilidades, destrezas y actitudes propias de una especialidad o actividad reconocida, además de adecuadas condiciones éticas y morales.
Recertificación: Es el resultado de un acto por el que una entidad competente y aplicando criterios preestablecidos, asegura a través de un proceso de evaluación transparente, que un profesional de la salud debidamente matriculado, y previamente certificado, mantiene actualizados sus conocimientos y habilidades, y ha desarrollado sus actitudes dentro del marco ético adecuado, de forma acorde con el progreso del saber y del hacer propio de la especialidad o actividad que ha desarrollado en un período determinado.
Alcances de la Certificación y de la Recertificación Profesional
Los procesos de certificación y recertificación profesional tienen carácter periódico y voluntario, por lo que suelen ser entendidos por los profesionales como una autoexigencia. Sin embargo, la certificación y recertificación profesional, es utilizada como un instrumento de selección y permanencia de los profesionales en distintos sistemas de salud; tendencia que, en los próximos años, podría acentuarse aún más.
¿Cómo es el proceso de certificación y recertificación?
Por lo general, consiste en una presentación de antecedentes por parte del profesional, ante el organismo designado como evaluador.
Para mayor información comunicarse con: daf@fefara.org.ar