Acerca del fallo de la CSJN
Con mucha satisfacción hemos recibido la noticia del fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, estableciendo un punto final a las acciones que Farmacity venía realizando en abierta confrontación a la ley 10.606 de la provincia de Buenos Aires, estrategia que también viene sosteniendo en otras jurisdicciones provinciales con idéntica finalidad
En el caso de Buenos Aires, dicha ley caracteriza a la farmacia como un “servicio de utilidad pública para la dispensación de los productos destinados al arte de curar…” y, en razón de ello establece una serie de condiciones bajo las cuales debe desarrollarse la dispensa de medicamentos, la cual debe concretarse exclusivamente a través de las farmacias por ser estas una extensión del sistema de salud.
Consideramos necesario sostener en todo momento aquellas políticas públicas de protección a los derechos fundamentales de la población, los cuales en este caso en particular se refieren a los consumidores de productos farmacéuticos
Consolidar el modelo de farmacia profesional resulta imperioso, por tratarse de un modelo en el cual el conocimiento, la inmediatez, la responsabilidad y la individualización de quien lo dispensa prevalece por sobre todo interés comercial
Agradeciendo a todos los que tuvieron activa participación en este (finalmente) exitoso proceso, del cual también hemos sido parte, instamos a toda la comunidad farmacéutica a permanecer unidos y activos en defensa de estos superiores intereses, más allá de las diferencias y matices que pudieran existir en el colectivo
Junta Ejecutiva FEFARA
30 de Junio de 2021