“Dentro de la ley todo. Fuera de la ley, nada”
En estos últimos días se ha instalado con fuerza un tema que ocupa numerosos espacios, involucra a variados actores, trasciende los límites geográficos en los cuales tiene consecuencias directas e, incluso, excede los límites del sector salud para constituirse en un tema de interés para la sociedad en su conjunto: la presentación de Farmacity ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, procurando forzar su ingreso a la provincia de Buenos Aires
El tema tiene para nosotros dos aristas bien diferenciadas:
- Cuestiones relacionadas con el ejercicio profesional y la propiedad de las farmacias
- Cuestiones relativas a la existencia de las leyes y su estricto cumplimiento
Sobre la primera cuestión y procurando evitar la reiteración de conceptos ya vertidos por otras instituciones del sector, desde FEFARA queremos puntualmente recordar que consideramos que la farmacia comunitaria es un servicio público y, como tal, cumple una función social.
Y que siendo la farmacia una extensión del servicio profesional que brinda el farmacéutico, resulta inaceptable que la propiedad de la misma se encuentre en manos de una sociedad anónima.
No obstante ello, somos conscientes que existen jurisdicciones (dentro y fuera del país) en las cuales la legislación vigente no establece un marco regulatorio como el que propiciamos, dejando las cosas en manos del mercado
Pero éste no es el caso que hoy nos ocupa, como tampoco lo es en casos similares planteados en otras provincias y con los que venimos litigando junto a nuestros Colegios.
Acá el tema trasciende lo filosófico, lo sanitario, lo político y lo social: estamos ante un intento de desconocer tanto la legislación vigente, como los fallos que han convertido en cosa juzgada esta pretensión
Siempre es posible tener visiones e intereses disimiles, eso es lógico y normal… lo que de ningún modo puede aceptarse es que para satisfacer los intereses (de quien sea) se viole la ley vigente.
Por eso lo del título, “…fuera de la ley, nada”
Comisión Directiva FEFARA
Buenos Aires, 10 de octubre de 2017