Trazabilidad, nueva Resolución del ANMAT
En el Boletín Oficial se publico la Disposición 10564/2016 de fecha 22/9/16 en la misma se modifican los listados de Drogas que deben cumplir con el Sistema Nacional de Trazabilidad, la Disposición publica 2 anexos de Drogas y sustituye, el ANEXO I de la Disposición ANMAT N° 1831/2012, el ANEXO I de la Disposición ANMAT N° 247/2013 y el ANEXO I de la Disposición ANMAT N° 963/2015 por el ANEXO II de la presente disposición .
En el Art 9 de la disposición invita a los Gobiernos de las Provincias en el marco de las Actas Acuerdo oportunamente celebradas con la Administración, a adherir a la presente disposición para su aplicación a la distribución y dispensación de medicamentos que se efectúen en jurisdicción de sus respectivos territorios.
Esta disposición entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
(Especialidades medicinales a ser trazadas a partir de los 4 meses contados desde la entrada en vigencia de la presente disposición)
(Consolidado de especialidades medicinales que se deben continuar trazando).